Las estaciones de servico deben adoptar las disposiciones técnicas vigentes der la CDMB, por cuanto la actividad es de aquellas que inició operaciones con anterioridad a la expedición de la Ley 99 de 1993, motivo por el cual no le es exigible Licencia Ambiental.
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Centro de Documentación Ambiental CDMB | Carrera 23 No. 37-63 Quinto Piso
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