Fotocopia
Ley 57 de 1987 por la cual se reviste al Presidente de la República de facultades extraordinarias para expedir el Código de Minas, para ajustar y adecuar sus preceptos algunas funciones del Ministerio de Minas y Energia y de sus organismos adscritos o vinculados, para dictar normas de carácter tributario, cambiario y otras disposiciones, de conformidad.
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