000 01254nam a2200241 a 4500
005 20190612173345.0
040 _aCDMB
041 _aES
043 _aCO
090 _a04196
100 _aPuertas, Ernesto Javier
110 _aEl Colegio Verde de Villa de Leyva
245 _aVIVIEROS Y REFORESTACION : SEMBRANDO FUTURO
260 _aSANTAFE DE BOGOTA
_bCORPONARIÑO
_c1992
300 _aPag ; 11 ; figuras
490 _aEcoguías
_vNo.6
520 _aLa ley de descentralización (ley 12 de 1986) coloca como responsabilidad municipal los programas de reforestación vinculados a la defensa de las cuencas hidrográficas. Además en los planes integrales de desarrollo se deben señalar los límites físicos y las condiciones generales de uso de los suelos, donde se deben definir las áreas de reforestación, las de conservación de los recursos aguas y las zonas de protección forestal, entre otros. Desde 1946 el decreto 284 del presupuesto municipal podría destinarse anualmente para atender la vigilancia forestal, la creación de viveros o la arborización de centros urbanos.
650 _aVIVEROS
650 _aREFORESTACION
710 _aSociedad Alemana de Cooperación Técnica
942 _2ddc
_cLIB
945 _aIMO
_d1992-06-03
999 _c232
_d232